1. ¿Cuáles son los libros Litúrgicos latinos tradicionales?[/b]
a) El Misal contiene todos los textos oficiales necesarios para la celebración del Santo Sacrificio de la Misa.
b) El Breviario o Liturgia de las Horas reúne los salmos, antífonas, lecturas, versículos, responsorios, cánticos, himnos y oraciones de la Divina Alabanza de cada día.
c) El Ritual es el manual sacerdotal que contiene las preces y fórmulas y ritos oficiales para la administración de los sacramentos y sacramentales, las procesiones clásicas y toda clase de bendiciones.
d) El Pontifical contiene los textos y rúbricas de ciertas funciones solemnes propias de los obispos: confirmación y orden sagrado; consagraciones y dedicaciones de templos y altares; coronación de sagradas imágenes, santos óleos; bendiciones de abades y abadesas; consagraciones de vírgenes, etc.
e) El Leccionario repartido en varios tomos, contiene las lecturas bíblicas de todo el año litúrgico, en tres ciclos anuales (A,B,C). Recoge lo más importante de la Biblia. Son lecturas muy bien escogidas y concuerdan con el espíritu del ciclo anual temporal y santoral, y particularmente dominical.
f) El Oracional es el libro de la oración de los fieles, que se reza después del Credo y donde elevamos nuestras peticiones por la Iglesia, por el mundo y por nuestras necesidades particulares.
2. Hoy, ¿qué música sagrada permite la Iglesia?San Pío X ofreció como modelo de música litúrgica el canto gregoriano, porque servía a la liturgia sin dominarla. Tras el concilio Vaticano II, con la introducción de la lengua del pueblo en la celebración, la música cambió y se buscaron otras melodías diferentes al gregoriano. Sin embargo, el principio de que el canto debe servir a la liturgia continúa vigente.
Se permiten el canto gregoriano, la polifonía sagrada antigua y moderna, la música sagrada para órgano y el canto sagrado popular, litúrgico y religioso.
También el Vaticano II permitió la música autóctona de los pueblos cristianos, pero adornada de las debidas cualidades. La Iglesia aprueba y admite todas las formas musicales de arte auténtico, así vocal como instrumental. Pero de nuevo debemos recordar el principio: la música debe servir a la liturgia, no dominarla.
También hoy, como hace cien años, existen abusos de músicas que dominan la celebración e invitan poco a rezar. En algunas misas cantadas, con palmas y bailes, es difícil que la música ayude a rezar. Eso no significa que bailar sea malo: las personas deben expresarse, pero también rezar. También debe tenerse en cuenta el momento de la celebración para escoger la música. Por ejemplo, un canto muy rítmico puede ser adecuado al comienzo de una misa, pero no en el momento de la comunión.
Entre todos estos géneros musicales, la Iglesia da la preferencia al canto gregoriano, que es el propio de la Liturgia romana y al que san Pío X califica de supremo modelo de toda música sagrada, el único que heredó de los antiguos Padres, y que custodió celosamente durante el curso de los siglos en sus códices litúrgicos.
Instrumentos que son admitidos Nos contesta el concilio Vaticano II: “En el culto divino se pueden admitir otros instrumentos, a juicio y con consentimiento de la autoridad eclesiástica territorial competente, siempre que sean aptos o puedan adaptarse al uso sagrado, convengan a la dignidad del templo y contribuyan realmente a la edificación de los fieles” (Concilio Vaticano II, en la Constitución Dogmática, Sacrosanctum Concilium, n. 120).
En la carta, fechada el 22 de noviembre, memoria de Santa Cecilia –patrona de la música sacra– San Juan Pablo II señala que el centenario de la Carta del papa san Pío X “me ofrece la ocasión de recordar la importante función de la música sacra, que San Pío X presenta tanto como medio de elevación del espíritu a Dios, como preciosa ayuda para los fieles en la participación activa de los sacrosantos misterios y en la oración pública y solemne de la Iglesia”.
El papa hace luego un recuento de la secular enseñanza de la Iglesia sobre la nobleza e importancia del canto litúrgico; y señala que “en tal perspectiva, a la luz del magisterio de San Pío X y de mis otros Predecesores, y teniendo en cuenta particularmente los pronunciamientos del Concilio Vaticano II, deseo reproponer algunos principios fundamentales” respecto de la composición y el uso de la música en las celebraciones litúrgicas.
Principios que ofreció San Juan Pablo II para la música dentro de las celebraciones litúrgicas católicas
Enumera los siguientes:
El Santo señaló que “ante todo es necesario subrayar que la música destinada a los ritos sagrados debe tener como punto de referencia la santidad”. “La misma categoría de ‘música sagrada’ - advierte el Pontífice- hoy ha sufrido una ampliación tal que incluye repertorios que no pueden entrar en la celebración sin violar el espíritu y las normas de la misma liturgia”.
“La reforma obrada por San Pío X se dirigía específicamente a purificar la música de la Iglesia de la contaminación de la música profana teatral, que en muchos países había contaminado el repertorio y la práctica musical litúrgica”, recuerda el Pontífice; y señala que “en consecuencia, no todas las formas musicales pueden ser consideradas aptas para las celebraciones litúrgicas”.
Otro principio es “el de la bondad de las formas”. “No puede haber música destinada a las celebraciones de los ritos sagrados que no sea primero verdadero arte”.
Sin embargo, “esta cualidad no es suficiente” adviertó el Santo San Juan Pablo II. “La música litúrgica debe en efecto responder a sus requisitos específicos: la plena adhesión a los textos que presenta, la consonancia con el tiempo y el momento litúrgico a la que está destinada, la adecuada correspondencia con los ritos y gestos que propone”.
El Santo destacó luego el valor de la inculturación en la música litúrgica; pero señala que “toda innovación en esta delicada materia debe respetar criterios peculiares, como la búsqueda de expresiones musicales que respondan a la necesaria involucración de toda la asamblea en la celebración y que eviten, al mismo tiempo, cualquier concesión a la ligereza y la superficialidad”.
El canto gregoriano, dijo luego San Juan Pablo II, “ocupa un lugar particular”; pues “sigue siendo aún hoy el elemento de unidad” en la liturgia.
En general, señala el papa, el aspecto musical de las celebraciones litúrgicas “no puede ser dejado a la improvisación, ni al arbitrio de los individuos, sino que debe ser confiado a una bien concertada dirección en respeto a las normas y competencias, como fruto significativo de una adecuada formación litúrgica”.
SS Benedicto XVI enumeró otros criterios sobre la música sagrada, que me parecen importantes destacar , y que quiero aquí resumir:
La letra de la música litúrgica tiene que estar basada en la Sagrada Escritura. La liturgia cristiana no está abierta a cualquier tipo de música. Exige un criterio, y este criterio es el Logos, entendido aquí como razón. Sólo así esa música nos elevará el corazón. La música sagrada no debe arrastrar al hombre a la ebriedad de los sentidos, pisoteando la racionalidad y sometiendo el espíritu a los sentidos. Nuestro canto litúrgico es participación del canto y la oración de la gran liturgia, que abarca toda la creación. Así vencemos el subjetivismo y el individualismo, que llevaría al virtuosismo y a la vanidad.
Con referencia al tema tratado, aquí les dejo un enlace donde aparece muchísima música cristiana que nos sirven sobre todo para obtener momentos de meditación y un encuentro cercano a Cristo
http://www.rezandovoy.org/musicas.[/quote]