por Gabriela Derbez » Lun Oct 22, 2012 6:33 pm
1. ¿Cuántos documentos emanaron del Concilio Vaticano II?
16 Documentos
2. ¿Cuáles son los cuatro tipos de documentos del Concilio?
Realmente sólo se habla de 3 tipos de documentos: Constituciones, declaraciones y decretos.
3. ¿Qué diferencia hay entre los distintos tipos de documentos?
Las constituciones son las más importantes porque contienen las grandes preposiciones doctrinales. Son 4
Las declaraciones son manifestaciones solemnes del Concilio ante la Iglesia y el mundo sobre cuestiones de importancia sobre su misión en el mundo y su relación con las religiones no cristianas, sociedades y estados. Son 3
Los decretos desarrollan y concretan las constituciones. Son 9
4. Elige uno de ellos, léelo y menciona algunas consideraciones importantes de su contenido.
CONCILIO VATICANO II
DECRETO
INTER MIRIFICA
SOBRE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Entre los maravillosos inventos la madre Iglesia acoge y fomenta con especial solicitud aquellos que atañen especialmente al espíritu humano y que han abierto nuevos caminos para comunicar con extraordinaria facilidad noticias, ideas y doctrinas de todo tipo. Entre tales inventos sobresalen con razón medios de comunicación social.
Estos medios, si se utilizan rectamente, proporcionan valiosas ayudas al género humano sabe también que los hombres pueden utilizarlos para su propio perjuicio;
La Iglesia católica, , considera que forma parte de su misión predicar el mensaje de salvación, con la ayuda, también, de los medios de comunicación social, y enseñar a los hombres su recto uso.
Para el recto uso de estos medios es absolutamente necesario que todos los que los utilizan conozcan las normas del orden moral en este campo y las lleven fielmente a la práctica. Consideren, pues, las materias que se difunden según la naturaleza peculiar de cada medio
La primera cuestión se refiere a la llamada información, existe en la sociedad humana el derecho a la información sobre cuanto afecte a los hombres individual o socialmente considerados y según las circunstancias de cada cual.
La comunicación deberá ser siempre verdadera e íntegra, salvadas la justicia y la caridad;
La segunda cuestión contempla las relaciones que median entre los llamados derechos del arte y las normas de la ley moral.
La narración, la descripción o la representación del mal moral pueden ciertamente, con la ayuda de los medios de comunicación social, servir para conocer y explorar más profundamente al hombre; sin embargo, para que no produzcan más daño que utilidad a la almas, habrán de someterse completamente a las leyes morales, sobre todo si se trata de asuntos que exigen el debido respeto o que incitan más fácilmente al hombre, herido por la culpa original, a apetencias depravadas.
Peculiares deberes incumben a todos los destinatarios, es decir, lectores, espectadores y oyentes que, por una elección personal y libre, reciben las comunicaciones difundidas por tales medios. Una recta elección exige, en efecto, que éstos favorezcan plenamente todo lo que destaque la virtud, la ciencia y el arte y eviten, en cambio, lo que pueda ser causa u ocasión de daño espiritual, lo que pueda poner en peligro a otros por su mal ejemplo..
Los destinatarios, sobre todo los más jóvenes, procuren acostumbrarse a la disciplina y a la moderación en el uso de estos medios; pongan, además, empeño en comprender a fondo lo oído, visto o leído; hablen sobre ello con los educadores y expertos y aprendan a emitir un juicio recto.
La principal tarea moral, en cuanto al recto uso de los medios de comunicación social, corresponde a periodistas, escritores, actores, autores, productores, realizadores, exhibidores, distribuidores, vendedores, críticos y a cuantos participan de algún modo en la realización y difusión de las comunicaciones.
La autoridad civil tiene en esta materia deberes peculiares en razón del bien común, al que se ordenan estos medios. Corresponde, pues, a dicha autoridad, en virtud de su propia función, defender y asegurar la verdadera y justa libertad que la sociedad actual necesita absolutamente para su provecho, sobre todo en lo relativo a la prensa:
Todos los hijos de la Iglesia, de común acuerdo, tienen que procurar que los medios de comunicación social, sin ninguna demora y con el máximo empeño, se utilicen eficazmente en las múltiples obras de apostolado, según lo exijan las circunstancias de tiempo y lugar,
En primer lugar, los laicos deben ser instruidos en el arte, la doctrina y las costumbres, multiplicándose el número de escuelas, facultades e institutos, en los que los periodistas y los guionistas cinematográficos, radiofónicos y televisivos y otros interesados puedan adquirir una formación íntegra, imbuida de espíritu cristiano, sobre todo en lo que se refiere a la doctrina social de la Iglesia.
Resulta indigno que los hijos de la Iglesia permitan que, por su apatía, la palabra de salvación sea amordazada y obstaculizada por las exigencias técnicas o los gastos monetarios, ciertamente cuantiosos, propios de estos medios, este santo Sínodo les advierte que tienen la obligación de sostener y ayudar a los diarios católicos, a las revistas y a las iniciativas cinematográficas, emisoras y transmisiones radiofónicas y televisivas cayo fin principal sea divulgar y defender la verdad y promover la formación cristiana de la sociedad humana.
Este es un pequeño resumen, lo que más me impacta lo actual que es t cuanto podríamos aprender de él. Ojala se pusiera más en práctica.