Sobre matrimonio

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Re: Sobre matrimonio

Notapor eduarod » Dom May 05, 2013 1:58 pm

...

En fin, podría creerte que un hijo de vecino como un servidor pudiese cometer el error tan tonto que me atribuyes y con el que sin mayor argumento o fundamento pretendes desechar una argumentación seria y detallada.
Pero la persona que escribió el comentario al canon 1127 que te transcribí es monseñor Ingacio Pérez Heredia y Valle, cuyas credenciales son estas:
Coadjutor de Santa María, 1959-1961; Licenciatura y doctorado en Derecho Canónico (magna cum laude) y catedrático de Historia del Derecho Canónico, Universidad de Múnich, 1968-74; profesor y director de Área Colegio Universitario CEU San Pablo, de Valencia, alternando con la Universidad de Salamanca; canónigo Iglesia Catedral Basílica de Segorbe-Castellón, desde 1984; prior de la Basílica de Lledó, 1995-1996; asesor jurídico de la Conferencia Episcopal Española, desde 1987; profesor y después decano de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontifica Lateranense de Roma, 1996-2000; nombrado monseñor por el Papa como “Capellán de la Casa Pontificia”, y nombrado prelado de honor del Papa, en diciembre de 1999.

y quien también escribió este otro comentario al canon 1129 ya citado:
"Este c. y el c. 1086 § 2 se complementan y de ambos se deduce que las normas dadas para los matrimonios mixtos son todas ellas aplicables a los matrimonios afectados por el impedimento de disparidad de cultos: donde se da la mimsa razón se da la misma normativa. ..."

¿No te parece al menos pretencioso afirmar que una persona con semejantes credenciales, considerado por algunos en Roma como el más reconocido "matrimonialista", cometa "el mismo tonto error" que pretendes atribuir a un servidor?
Por tanto, te invito a dejar de insistir en esa infundada teoría de "la confusión" y a discutir el asunto seriamente, si es que te interesa.

Que Dios te bendiga en la alegría de la Resurreción del Señor.
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Re: Sobre matrimonio

Notapor tito » Dom May 05, 2013 4:05 pm

Cualquier hijo de vecino notaria que no estoy hablando de canones sino de las citas que traes de la : INSTRUCCIÓN SOBRE LOS MATRIMONIOS MIXTOS que estas aplicando sobre los matrimonios dispares.

Pero el meollo del asunto es que quieren tratar una dispensa como si fuera una norma, siendo que la norma es que los matrimonios dispares son inválidos a menos que haya una dispensa y que cada caso tiene que ser estudiado y autorizado por el Obispo, no en un foro de internet.
¡Ay, los que llaman al mal bien, y al bien mal;
que dan oscuridad por luz, y luz por oscuridad;
que dan amargo por dulce, y dulce por amargo! Isaías 5,20


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Re: Sobre matrimonio

Notapor tito » Dom May 05, 2013 4:21 pm

Yo pensaba que él que manipulaba los textos de la Iglesia en donde hablan de un asunto y que los extrapolaba a otro ya se habia ido, si se fue pero quedo el espiritu.
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Re: Sobre matrimonio

Notapor eduarod » Dom May 05, 2013 5:27 pm

Estimado en Cristo tito:
tito escribió:Cualquier hijo de vecino notaria que no estoy hablando de canones sino de las citas que traes de la : INSTRUCCIÓN SOBRE LOS MATRIMONIOS MIXTOS que estas aplicando sobre los matrimonios dispares.

¿Ni con las letrotas? ya que mencionaste a ya sabes quién ¿vamos a comenzar como él a nada más leer lo que nos conviene y no la integridad de lo que se dice o lo que se cita?

Cualquier hijo de vecino que tenga interés en entender, habría notado que el documento, pese a ser titulado "Instrucción sobre los Matrimonios Mixtos" según su propio texto cubre TAMBIÉN el caso de los Matrimonios contra los que obsta el impedimento por disparidad de cultos. Va de nuevo con letras más grandotas:
Por tanto, después de haber consultado a los sagrados Pastores a los que afecta esta materia, y después de haber sopesado atentamente todas las circunstancias, permaneciendo firmes los dos impedimentos de mixta religión y de disparidad de cultos –aunque se concede a los Ordinarios locales la facultad de dispensar de ellos, según las disposiciones contenidas en la carta apostólica Pastorale munus, n. 19-20, cuando existan graves causas y con tal que se observen las prescripciones de la ley– y a salvo la legislación propia de la Iglesia oriental, por autoridad de su Santidad Pablo VI, se establecen las siguientes disposiciones, que, si son refrendadas positivamente por la experiencia, pasarán definitivamente al Código de Derecho Canónico, cuya revisión está actualmente en curso.
SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
INSTRUCCIÓN SOBRE LOS MATRIMONIOS MIXTOS

Es obvio, pues, que el documento trata de las disposiciones relativas a AMBOS casos.
¿O qué? ¿le vamos a decir a la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fé que, como tituló el documento "Instrucción sobre los Matrimonios Mixtos", lo sentimos mucho, pero NO puede ni tiene derecho alguno de cubrir ahí también las disposiciones estrechamente relacionadas respecto al impedimento de disparidad de cultos? :roll:

Ahora bien:
Pero el meollo del asunto es que quieren tratar una dispensa como si fuera una norma, siendo que la norma es que los matrimonios dispares son inválidos a menos que haya una dispensa y que cada caso tiene que ser estudiado y autorizado por el Obispo, no en un foro de internet.

¡¡¡¡Nadie aquí ha tratado una dispensa COMO NORMA!!!! :shock:
¿Cómo se te ocurre eso?
¿No se ha repetido hasta el cansancio que, de no obtenerse la dispensa, el matrimonio mixto es ilícito y el de disparidad de cultos es inválido? ¿y no se ha repetido que la dispensa la otorga el Obispo u ordinario del lugar según juzgue él mismo que es pertinente o no otorgarla?
Tampoco nadie aquí ha colgado un letrero en su perfil diciendo "se otorgan dispensas" o "se juzgan situaciones matrimoniales personales". Simplemente se expone la DOCTRINA DEL MAGISTERIO DE LA IGLESIA relativa a la cuestión.

Me da la impresión que crees que en estos temas un servidor promueve ideas del tipo "haga lo que quiera, lo importante es que usted se sienta contento y feliz, hay normas, pero no importan, al final siempre se puede encontrar 'la manera' "; pero NO ES ASÍ. Antes bien, si te fijas yo he sido el primero en señalar las dificultades que pueden surgir de un vano idealismo que no tome en cuenta la seriedad de las diferencias en un matrimonio en el que exista disparidad de cultos. Y no se hable ya del número de veces que he señalado que es el Obispo u ordinario del lugar quien juzga si es prudente o no conceder la dispensa.
Pero eso es una cosa, y otra muy distinta es que, si se hace una pregunta, se exponga de manera COMPLETA lo que enseña el Magisterio, ¡Y NO una versión parcial o "editada" de esa Enseñanza!

Que Dios te bendiga en la alegría de la Resurrección del Señor.
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Re: Sobre matrimonio

Notapor tito » Dom May 05, 2013 10:53 pm

Me da la impresión que crees que en estos temas un servidor promueve ideas del tipo "haga lo que quiera, lo importante es que usted se sienta contento y feliz, hay normas, pero no importan, al final siempre se puede encontrar 'la manera' "; pero NO ES ASÍ.


Es a donde quería llegar, si se que soy canson, pero prefiero serlo a que se quede esa impresión de que buscamos las excepciones.

Pax et bonum.
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